domingo, 30 de marzo de 2008

La resolución del conflicto del LED azul marca un hito

La resolución del conflicto del LED azul marca un hito; las empresas toman medidas para crear un sistema que valore los inventos de sus empleados en su justa medida.

Nichia Corp., el fabricante japonés del diodo fotoemisor azul (LED), se ha comprometido a pagar 840 millones de yenes (8 millones de dólares) a su antiguo empleado en compensación por el invento de la tecnología para la fabricación del LED azul, que ha servido para transformar la que en su día era una pequeña compañía química del Japón rural en un monopolio mundial de hecho en la producción del LED azul.

La resolución del conflicto por la demanda del inventor, alcanzada por mediación judicial el pasado 11 de enero y en la que exigía una enorme cantidad económica como compensación, atrajo la atención de la sociedad no sólo como una noticia del sector empresarial, sino también como un acontecimiento que tendrá una gran repercusión social y dará lugar a un replanteamiento del papel de los individuos en las organizaciones de Japón en general, y al de los ingenieros de las sociedades mercantiles en particular. También ha inducido a las empresas a considerar la adopción de un régimen adecuado de compensaciones para los inventos de sus empleados, algo que en el pasado se había dejado de lado, pero que ha cobrado una importancia crucial en los tiempos que corren en los que cada vez tienen más importancia a los derechos de la propiedad intelectual.

Shuji Nakamura interpuso una demanda en el Tribunal de Distrito de Tokio en el 2002 por la que exigía a su antiguo empleador, Nichia Corp., una empresa con sede en la Ciudad de Anan, de Tokushima, el pago de 20.000 millones de yenes en compensación por la invención de la tecnología en 1990 cuando fue contratado por la compañía que abandonó en 1999. Nakamura, ciudadano japonés que en la actualidad es profesor de la Universidad de California en Santa Bárbara, afirmó que la compañía ha ganado, y ganará, enormes cantidades de dinero gracias a su invento, el cual es considerado como un gran avance en ese campo.

El LED azul es un semiconductor que emite luz azul cuando se hace pasar la electricidad a través de él. Si bien los LED rojo y verde fueron inventados hace más de 20 años, la invención del LED azul se resistía y se pensó que aún tardaría bastante más tiempo en inventarse. Gracias al invento de Nakamura, Nichia lo sacó al mercado en 1993, mucho antes de lo esperado, para una amplia gama de usos, desde los visualizadores de video a gran escala, los indicadores luminosos y las fuentes luminosas de las pantallas de los teléfonos móviles.

En enero del 2004, el Tribunal de Distrito de Tokio dictaminó que la compañía debería pagar a Nakamura la cantidad total que éste exigía, sobre la base de los 120.800 millones de yenes que la compañía habrá ganado por los derechos exclusivos de esta tecnología que le corresponden por derecho hasta octubre del 2010, cuando la patente caduca. En la sentencia, la contribución de Nakamura a las ganancias quedó establecida en el 50%, o 60.000 millones de yenes, mucho más de lo que él había reclamado.

Atónitos ante la cuantía de esta suma de dinero, la compañía recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Tokio. El tribunal, más que dictar sentencia, hizo todo lo posible por mediar en el conflicto, y logró que las dos partes aceptaran la mediación. En su mediación, el Tribunal Superior de Tokio calculó que las ganancias obtenidas por Nichia Corp. con la tecnología del LED azul era una cantidad muy inferior pero no la especificó puesto que se le añadieron otras posibles ganancias atribuibles a otras 159 patentes menores de las que Nakamura era el responsable. La contribución de Nakamura se valoró en un 5% de las ganancias atribuibles a las patentes en cuestión. Nichia se comprometió a pagarle 608 millones de yenes, en concepto del valor de su invento más otros 230 millones de yenes por el atraso en el pago.

Aunque el conflicto ya está resuelto, parece que ha suscitado más interrogantes que respuestas sobre el régimen de compensación por lo que se denomina “inventos de los empleados”, y ha dejado claro que el mundo empresarial japonés no está preparado para el entorno cambiante en este campo.

En primer lugar, lo que ha sido bastante desconcertante para el ciudadano de a pie es la enorme diferencia entre los cálculos de las ganancias efectuados por los dos tribunales atribuibles al invento de Nakamura y su contribución a éste. También ha resultado sorprendente la pequeñísima cantidad de dinero con que el empleador había recompensado en un principio a Nakamura por su invento, apenas 20.000 yenes como “compensación justa”. El Asahi Shimbun comentaba en su editorial del pasado 12 de enero que estas cifras únicamente “nos han dejado desconcertados respecto de la norma que ha de aplicarse para conocer el valor justo de un invento. Así debe de pensar la sociedad a este respecto”.

La mediación del Tribunal Superior de Tokio lógicamente supuso un alivio para los ejecutivos empresariales, que hasta entonces habían contemplado con muchos nervios todo este asunto tras el susto que experimentaron con la sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio por la que se les exigía el pago de una cantidad de tales proporciones que, según afirmaban, podría llegar a poner en peligro la salud de la gestión empresarial. Hiroshi Okuda, presidente de Nippon Keidanren, dijo que las condiciones de la mediación estaban “en la línea de las normas habitualmente admitidas”.

Pero se cuestiona que el tribunal no haya aclarado cómo llegó a establecer la cantidad de beneficios atribuibles al invento y la participación del 5% del inventor en éste. En las pasadas sentencias de los tribunales por los inventos de empleados en conflictos parecidos a éste, se menciona el 5% prácticamente como una norma, pero el proceso para calcularlo nunca se ha llegado a explicar completamente, lo cual ha inducido a algunos críticos a preguntarse si la judicatura posee la capacidad necesaria para poder valorar con exactitud la compensación debida al inventor

Sin embargo, la cantidad se considera desproporcionada

En marcado contraste con la “declaración de victoria” de Nichia respecto de la resolución, Nakamura no ocultaba su profundo descontento y enfado con el resultado, que, según se cree, ha aceptado debido a la posibilidad de que otra causa judicial no le garantizaría un mejor resultado. No obstante, 840 millones de yenes constituyen una cifra enorme, como pago a una sola persona, en compensación por un invento a un empleado de una empresa en Japón. El paso que dio al demandar a su empleador también se ha interpretado como un gran avance de trascendencia histórica, puesto que va a desencadenar toda una serie de demandas de naturaleza parecida. Su demanda se consideró entonces como una lucha histórica librada por un particular contra una organización, que suele enterrar incluso a las personas con más talento, corriendo el riesgo de ser tratado como un “traidor”. El Nihon Keizai Shimbun, en su editorial del 12 de enero, elogiaba el litigio al reconocer “su importancia al desafiar la poca valoración actual de los inventos de los empleados y sacar todo este asunto a la luz”. El periódico reconocía la trascendencia de la demanda de Nakamura y la sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, por cuanto ha desencadenado iniciativas dentro del sector industrial para mejorar la compensación y el trato que se dispensa a los inventores”.

También significa mucho para las sociedades mercantiles, especialmente en estos momentos en los que cada vez están más preocupadas por el valor estratégico de los derechos de propiedad intelectual y la habilidad para consolidarlos. Si bien a los ejecutivos por lo general les preocupa la probabilidad de que se produzca una excesiva demanda de compensaciones por parte de los empleados, hay algunos que entienden la importancia de ofrecerles suficientes incentivos para poder mantenerlos.

Sea cual sea el caso, muchas empresas están tomando medidas para crear con antelación un régimen interno por el que, de mutuo acuerdo, se establezca una “compensación justa” de forma precisa y transparente. El gobierno también va a prestar ayuda mediante la promulgación, a partir del próximo 1 de abril, de una modificación de la Ley de Patentes con estipulaciones para este mecanismo de arbitraje. Al valorar el reconocimiento del Tribunal Superior de Tokio de la necesidad de considerar también el desarrollo de la empresa, el Sankei Shimbun decía, en su editorial del 12 de enero, que “la instrumentación de un sistema que valore de una forma racional los inventos y la contribución de los inventores es una tarea urgente”.


Spai Chile 2008

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